Según el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de los Mercados periódicos de venta no sedentaria de la ciudad de Elche, las autorizaciones municipales para el desarrollo de la actividad comercial en los mercados de venta no sedentaria periódicos, se concederá por un plazo de 15 años.
No obstante lo anterior, en el párrafo 2º del artículo anterior, se señala que en el caso del mercado de venta no sedentaria de Los Arenales del Sol, al instalarse sólo en periodo estival y para una mejor organización, la persona titular de la autorización dispondrá cada año de un plazo de treinta días naturales a contar desde el 15 de abril o día hábil inmediatamente posterior, para presentar un escrito en el registro municipal, declarando su voluntad de renovar la autorización de su actividad de venta para este año.
Dentro del mismo plazo podrán presentarse solicitudes de nueva autorización para dichos Mercados que serán atendidas en caso de que hubieren vacantes, una vez gestionada las correspondientes listas de reserva ó en su defecto incluidas en éstas.
Se puede acceder a la documentación en el siguiente enlace seleccionando la pestaña de Mercadillos periódicos y activando el desplegable de Los Arenales del Sol