El Ayuntamiento vuelve a destinar 250.000 euros en ayudas para el pago del recibo del agua

El Ayuntamiento vuelve a destinar 250.000 euros en ayudas para el pago del recibo del agua

La portavoz del Equipo de Gobierno recuerda que “se trata de una nueva acción que confirma nuestro compromiso con las familias más vulnerables, ya que en 2012 se destinaban 100.000 euros y ahora destinamos 250.000 euros”

Los plazos de presentación de solicitudes son del 1 al 28 de febrero y del 1 al 31 de julio.

 

La portavoz del Equipo de Gobierno, Patricia Maciá, ha anunciado que la Junta de Gobierno ha acordado mantener un año más las bonificaciones al pago del recibo del agua. Una iniciativa con la que el Ayuntamiento y la empresa mixta Aigües d’Elx quieren prestar una especial atención a aquellas personas, o unidades familiares, que se encuentran en situación de precariedad económica, favoreciendo y apoyando a dichas personas y unidades familiares con escasos recursos económicos a través de la bonificación de una parte del recibo de agua.

Tal y como ha explicado Patricia Maciá, “un año más el Ayuntamiento va a destinar 250.000 euros al pago de estas ayudas, una cantidad que se ha incrementado en los últimos años y de la que se benefician cerca de 3.000 familias. Una nueva acción que confirma el compromiso de este Equipo de Gobierno con las familias más vulnerables. Hay que recordar que estas ayudas en 2012 eran de 100.000 euros y ahora ascienden a 250.000 euros”.

El plazo de presentación del solicitudes es del 1 al 28 de febrero y del 1 al 31 de julio. Las solicitudes están disponibles en las diferentes OMACs y en la web municipal.

Por su parte, la concejala de Movilidad, Esther Díez, ha señalado que “es importante poner en valor que este Gobierno Municipal es quien ha aumentado ese fondo social hasta los 250.000 euros para garantizar que todas las personas tengan acceso al agua”.

La concejala ha recordado que los beneficiarios de estas ayudas son las personas físicas cuyos ingresos brutos anuales sean inferiores al IPREM vigente para 2019; personas con discapacidad cuyos ingresos brutos sean inferiores a 1,5 veces el IPREM; la unidad familiar de dos miembros o más cuyos ingresos brutos anuales sean inferiores a dos veces el IPREM; familias numerosas de categoría especial y en las unidades familiares donde haya algún miembro con discapacidad los ingresos brutos anuales han de ser 2,75 veces al IPREM o víctimas de género.

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