La concejala de Movilidad, Esther Díez, ha anunciado que la Junta de Gobierno ha aprobado este viernes las bases para la realización de la prueba acreditativa del certificado de capacitación profesional para la prestación del servicio auto-taxi Elche, así como la composición del tribunal de la prueba para la obtención de este certificado.
“La nueva ley autonómica obliga a los nuevos profesionales que vayan a incorporarse al servicio a obtener esta certificación que les acredite para llevar un taxi. Ya se realizó una prueba y ahora hacemos otras. Está previsto realizar estas pruebas dos o tres veces al año”, ha explicado Esther Díez.
La concejala ha dicho que las pruebas se realizarán entre finales de febrero y principios de marzo, y toda la información está disponible en la web municipal.
Según las bases, para la admisión a la prueba será necesario:
A) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para la realización de la actividad de transporte en su propio nombre.
B) Hallarse en posesión del permiso español de conducción de la clase exigida por la legislación vigente para la conducción de vehículo auto-taxi con una antigüedad mínima de un año y contar con la asignación de al menos ocho puntos.
C) Carecer de deudas pendientes con Hacienda Pública y Seguridad Social.
D) Cumplir con el requisito de honorabilidad en los términos establecidos en la legislación estatal y europea para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y carecer de antecedentes penales por delitos relacionados con la seguridad vial, la integridad de las personas, por delitos de violencia de género o delitos de odio, siempre que las penas impuestas por estos delitos sean superiores a dos años, así como, no haber sido sancionado por faltas muy graves en materia de tráfico y seguridad vial, en especial las relativas a la conducción bajo la influencia de alcohol, drogas o estupefacientes, durante los últimos cinco años, contados desde la presentación de la solicitud.
E) Poseer la capacidad funcional para el ejercicio de la profesión.