El TSJ también da la razón a Costas y rechaza en firme el recurso de Princesol contra las condiciones para derribar el edificio del antiguo hotel de Arenales

El TSJ también da la razón a Costas y rechaza en firme el recurso de Princesol contra las condiciones para derribar el edificio del antiguo hotel de Arenales

La sala primera de lo Contencioso-Administrativo considera razonable la exigencia de retirar los residuos para no contaminar la playa y la cláusula de responsabilidad por daños y perjuicios

El Ayuntamiento de Elche defendió en el proceso que la resolución dictada por el organismo del ministerio de Agricultura y Medio Ambiente era conforme a derecho

El alcalde, Carlos González, considera que “es otro paso decisivo para conseguir nuestro objetivo de derribar las ruinas del hotel”

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) también ha dado la razón al Servicio Provincial de Costas de Alicante, al Ministerio de Medio Ambiente y al Ayuntamiento de Elche en el contencioso por el derribo de la parte vieja del hotel de Arenales del Sol y declara firme la sentencia dictada el pasado mes de octubre en la que considera que las condiciones impuestas para la demolición “no constituyen un fraude de ley ni son contrarias a los principios de confianza legítima y seguridad judicial”.

El Tribunal ha emitido un decreto fechado el pasado 9 de diciembre en el que declara firme la resolución 506/2019 del 8 de diciembre de 2019 al no haberse interpuesto recurso contra ella.

Cabe recordar en relación con la situación de este edificio que el Tribunal Supremo ha a avalado la suspensión de las obras decretada por Costas al inadmitir un recurso de casación de la constructora contra el fallo de la Audiencia Nacional que ratificaba la decisión del organismo del Estado.

Hechos

La empresa propietaria del hotel de Arenales, según refiere el TSJCV, interpuso un recurso contencioso y formalizó un escrito de demanda ante a las condiciones impuestas por la dirección provincial de Costas, entre las que figura que “las obras realizadas no generarán indemnización en concepto de expropiación o rescate ante cualquier tipo de reclamación o procedimiento que pueda resultar en un futuro”. Asimismo, se añade que “la demolición de todos los restos del edificio debe ir acompañada de la inmediata retirada de los residuos resultantes, los cuales no podrán ser utilizados como rellenos ni en nivelaciones, ya que constituyen residuos y contaminan la playa”. Y en una tercera condición Costas expresa que el titular será responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionar las obras y actividades al dominio público y al privado.

Princesol planteaba que se dejaran sin efecto estas condiciones, pero la sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV declara que los argumentos expuestos por la empresa no guardan relación con la impugnación de dichas condiciones y considera razonable la retirada de los residuos para evitar la contaminación de la playa así como la cláusula de responsabilidad por daños y perjuicios a los dominios público y privado. Y en cuanto a la condición de que las obras no generen indemnización por expropiación y rescate, la sala precisa que se refiere exclusivamente a la demolición del edificio del antiguo hotel y no al conjunto de la obra.

Conforme a derecho

El Ayuntamiento de Elche ha considerado en el curso del proceso que la resolución de Costas “es conforme a derecho por limitarse a las condiciones específicas de las obras para las que se tiene autorización y no al resto de permisos y obras relativas a su parcela”.

El alcalde de Elche, Carlos González, ha señalado que esta sentencia “es otro paso decisivo para conseguir nuestro objetivo de derribar las ruinas del antiguo hotel de Arenales y, por lo tanto, de acabar con una situación que perjudica gravemente la imagen de nuestra playa y que además entraña un riesgo para la vida cotidiana en Arenales del Sol”.

“El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dado la razón al Servicio Provincial de Costas y ha ratificado que los requisitos planteados para el derribo del hotel son conforme a derecho y que por lo tanto son exigencias normales, adecuadas y totalmente razonables”, señala González.

“Por lo tanto, ahora que la cuestión ha quedado aclarada por el Tribunal y dado que la empresa dispone de licencia de demolición concedida por el Ayuntamiento ya no hay ningún obstáculo para que Princesol pueda llevar a cabo el derribo que solicitó meses atrás por razones de seguridad y que nosotros consideramos que es muy necesario para restablecer la normalidad en Arenales”, ha precisado el alcalde.

Princesol obtuvo la concesión administrativa del hotel en 2007 por una sentencia firme de la Audiencia Nacional de 2006. Una orden ministerial de 2012 le concedió la autorización para la rehabilitación del hotel y otra de 2015 dio la conformidad al proyecto de rehabilitación.

Como consecuencia de varias denuncias presentadas ante el servicio provincial de Costas por no ajustarse las obras al proyecto, entre otras, y previo expediente, los trabajos fueron paralizadas en 2016. Estos expedientes concluyeron con una resolución sancionadora y un procedimiento de rescate de la concesión.