Derecho de acceso a la información
Solicitudes de acceso a la información pública para la ciudadanía
El derecho de acceso a la información pública recogido en el artículo 27 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana, establece que cualquier ciudadano o ciudadana, a título individual o en representación de cualquier organización constituida legalmente, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las establecidas en la Ley.
En este sentido, el concepto legal de «información pública» viene establecido por el artículo 13 LTAIP; sobre la base de este, y por lo que se refiere específicamente al ámbito de la Administración local, la información pública local estará constituida por los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de las entidades que integran la Administración Local y que hayan sido elaborados o adquiridos por estas en el ejercicio de sus funciones.
Dichas solicitudes deberán resolverse y notificarse al solicitante y a los terceros afectados que lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
Presentación de solicitud
- Electrónica, a través de la Sede Electrónica. Acceso a la solicitud
Para la tramitación electrónica de este derecho se requiere identificación mediante un certificado electrónico. - Presencial en cualquiera de las Oficinas Municipales de Atención Ciudadana presentando el impreso de solicitud.
Frente a las resoluciones dictadas por este Ayuntamiento, las personas interesadas podrán interponer ante el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, con carácter potestativo, previo a su impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, reclamación frente a las resoluciones de las solicitudes de acceso a la información, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su respuesta.
La red de buzones del Ajuntament d’Elx, el correo electrónico o las redes sociales no son canales habilitados para este trámite por lo que las solicitudes presentadas por estos medios, no formarán parte de ningún procedimiento administrativo. En estos casos, se informará al interesado de los cauces adecuados para realizar su tramitación.
Información sobre el trámite de Solicitud de derecho de acceso a la información pública en poder del Ajuntament d’Elx
Seguimiento de las solicitudes
Cualquier persona que haya iniciado una solicitud de acceso a la información y quiera preguntar sobre el estado de la misma, puede dirigirse a la Concejalía de Transparencia, indicando el nº de registro de la solicitud, a través del correo electrónico transparencia@elche.es o bien al teléfono 966 658 281.
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